Cómo disolver proindivisos, herencias o divorcios. Extinción del condominio

 

La extinción de condominio es una alternativa que cada vez más personas consideran al enfrentar situaciones de copropiedad en bienes inmuebles. Este proceso puede ser la clave para resolver conflictos entre copropietarios y liberar a cada parte de las limitaciones y compromisos compartidos.

¿Qué es la extinción de condominio y por qué es importante?

Condominio, también denominado comunidad de propietarios o copropiedad, se trata de aquella situación en que dos o más personas, físicas o jurídicas, ostentan la titularidad compartida de un inmueble.

Cabe mencionar que dicha titularidad es pro indiviso, pero puede haber entre los condueños un acuerdo de uso específico y diferenciado.

Dicho procedimiento puede llevarse a cabo de mutuo acuerdo o, si alguna de las partes no quisiera extinguir el condominio, por vía judicial, pues no puede obligarse a ninguna de las personas a permanecer en el condominio y, por ello, cualquiera de los interesados puede instar un procedimiento de división de la cosa común.

Así pues, la extinción de condominio es el proceso legal mediante el cual queda disuelta la propiedad común de un bien.

Características de la extinción de condominio

La extinción de condominio viene regulada en los artículos 400 a 406 de nuestro Código Civil. En estos preceptos se nos indican las características de dicha extinción:

  • No se puede obligar a ninguno de los condueños a permanecer en el condominio, cualquiera de ellos puede pedir que se divida el bien común en cualquier momento.
  • No podrá pedirse la división de la cosa común si ello convierte el bien en inservible para su uso.
  • Si los partícipes tuvieren algún acreedor o cesionario, podrán estos oponerse a la división o a la verificación de la misma sin su concurso.
  • Cuando el bien no se pudiera dividir y los condueños no hayan conseguido acordar la adjudicación a uno de ellos con indemnización pertinente por parte del beneficiado al resto, se procederá a la venta del bien y al reparto equitativo del precio.

La extinción de condominio es una opción frecuentemente utilizada cuando los copropietarios buscan poner fin a una situación de copropiedad sobre un bien inmueble.

Este procedimiento no solo ofrece una solución definitiva para resolver la titularidad compartida, sino que también presenta ciertas ventajas frente a una compraventa.

Ventajas

Hay que tener en cuenta que, fiscalmente, la extinción de condominio es mucho más económica que la compraventa, ya que no hay que abonar Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Esto es así porque la cantidad económica que recibe el que abandona la comunidad no es el precio de una venta, sino la compensación económica ante el hecho de que sale de la situación de comunidad.  Pues la tributación por una compraventa oscila entre el 4% y el 10% (ITP) en función de la Comunidad Autónoma en cuestión, sin embargo, la extinción de condominio apenas se paga un 1% (AJD) dependiendo también de la Comunidad Autónoma.

En cualquier caso, siempre habrá que hacer frente a los gastos de notaría, registro y gestoría para inscribir de forma correcta la operación y proteger los derechos de los propietarios. Además, la tasación para extinción de condominio es un trámite necesario al que también hay que hacer frente.

Es importante saber que, si cedes parte de una propiedad y obtienes un ingreso por ello, la posible ganancia deberá tributar en el IRPF. Por tanto, tributará la ganancia patrimonial siempre que el valor declarado en la extinción de condominio sea superior al valor de adquisición del bien.

Otra ventaja fiscal de la extinción de condominio es que este tipo de operación no está sujeta a plusvalía municipal.  La lógica es la misma que en el caso del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: no existe transmisión patrimonial, por lo que no se produce el hecho imponible al que se refiere este impuesto. La situación sería distinta en caso de compraventa. La parte que vea incrementada su cuota de propiedad deberá abonar este tributo en caso de que, en el futuro, venda el bien.

La extinción de condominio nos parece la opción más interesante para casos de reparto de inmuebles entre copropietarios por herencias o divorcios siempre y cuando se adjudique la Propiedad a uno de dichos propietarios.


Perales Digital, la casa de las casas